¿Cómo actuar con un corte de luz concreto o general?: Reclamaciones

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Corte de luz por avería

Los cortes de luz por avería son incidencias en el suministro eléctrico causadas por circunstancias ajenas al propietario de la vivienda. Es importante determinar el alcance del fallo y la distribuidora de la zona será la responsable de reestablecer el servicio.

¿Por qué se puede producir un corte de luz por avería?

Las causas de un corte de luz por avería, a diferencia de la interrupción por impago o para la realización de mejoras en el sistema de redes, son completamente ajenas al propietario de la vivienda. Son, por tanto, cortes de luz no programados, causados por alguna de las siguientes circunstancias:

  • Causas de un corte de luz por avería
  • Fenómenos meteorológicos: inundaciones, tormentas, fuertes nevadas y granizo.
  • Incendios: un incendio obliga a la desconexión de las redes de suministro por seguridad.
  • Fauna y vegetación: la caída de ramas o la presencia de aves en las redes también puede causar daños en las redes.
  • Defecto en la subestación eléctrica.
  • Fallos en la cadena de suministro: incidencias en la red de transporte o en centrales de generación.
  • Cortocircuito.
  • Sobrecarga: exceso de la demanda eléctrica provocada por el uso simultáneo de muchos electrodomésticos.
  • Errores humanos en el manejo del sistema.

Cuando se produce un corte de luz imprevisto, lo primero que se debe hacer es comprobar si se ha producido solo en un punto de suministro concreto o en la red distribución, y por tanto ha afectado a más viviendas. En el caso de que el corte de luz por avería sea generalizado, hay que ponerse en contacto con la distribuidora de la zona.

¿Qué hacer si el corte de luz solo afecta a un domicilio?

Si el corte de luz solo afecta una vivienda, es recomendable verificar, en primer lugar, que no se trata de una interrupción del suministro por impago de la factura de luz.

También es preciso, en caso de desconocer el origen del fallo y antes de ponerse en contacto con un técnico revisor, realizar una serie de comprobaciones:

 Acudir al cuadro elétrico, situado generalmente en la puerta de entrada de la vivienda, y comprobar si el interruptor diferencial general (ID) o el interruptor de control de potencia (ICP) ha saltado.

 Si se trata del ICP y se comprueba que había varíos electromésticos al mismo tiempo, la solución es sencilla. Basta con desconectar los aparatos eléctricos de mayor demanda eléctrica y volver a subir el ICP.

 Cuando es el diferencial general el que está dando problemas, puede indicar un fallo en la instalación, en un electrodoméstico o un sobrecarga del circuito. Ante esto, la solución reside en jugar con los PIA (Pequeños Interruptores Automáticos) para determinar el problema concreto.

¿Cómo se aisla el problema con los PIA? Sencillo. Se debe subir el diferencial general y, a continuación se suben los PIA uno a uno. El problema estará en aquel que haga saltar de nuevo el diferencial general.

En el caso de identificar el PIA causante del corte de luz, se debe determinar qué electrodoméstico o punto eléctrico de la vivienda está causando el fallo. Para ello, basta con desconectar todos los aparatos de la zona afectada y subir el PIA correspondiente.

 Si tras haber realizado todas las comprobaciones mencionadas, el fallo en el sistema eléctrico persiste, será necesario llamar a un técnico profesional o consultar las coberturas del servicio de mantenimiento (en caso de tenerlo) para realizar una revisión de la instalación y volver a reestablecer la luz.

Antes de realizar cualquier comprobación, es importante que el cuadro eléctrico de la vivienda esté en condiciones para ser manipulado. Ante un cuadro antiguo o visiblemente defectuoso, lo mejor es llamar a un técnico especializado.

¿Qué pasa si el corte de luz se produce por un fallo en la red de distribución?

Cuando la avería afecta a varios puntos de suministro de una misma zona, la única forma posible de reestablecer la luz es poniéndose en contacto con la comercializadora o distribuidora y esperar a que se solucione el problema.

La distribuidora intentará devolver el suministro eléctrico lo antes posible. Mientras tanto, es importante obedecer a las siguientes recomendaciones:

  • Tener a disposición linternas, pilas de repuesto, velas, mecheros o incluso el móvil.
  • Es mejor evitar el uso de velas por riesgo de incendio.
  • Desconectar los electrodomésticos que quedaron encendidos en el momento del corte de luz.
  • Evitar abrir el frigorífico para que no se pierde el frío y se dañen los alimentos.
  • Procurar no utilizar los ascensores.

Teléfonos en caso de un corte de luz por avería

Tras un corte de luz, la situación - más tarde o más temprano - obliga a los usuarios a llamar a la distribuidora (o en su defecto a la comercializadora) para restituir la luz o al menos para informarse de cuál ha podido ser la causa de la interrupción. A continuación, el listado de los teléfonos que habilitan las distribuidoras en caso de avería.

Teléfonos de las distribuidoras eléctricas
Gestión Contacto
Teléfono de E-Distribución 900 878 119
Teléfono de i-DE 900 171 171
Teléfono de E-Redes 900 907 001
Teléfono de Unión Fenosa Distribución 900 333 999
Teléfono de Viesgo Distribución 900 101 051

¿Cuándo tardan en reactivar la luz tras un corte por avería?

No existe un plazo máximo estipulado por la ley para restituir el suministro eléctrico en aquellas viviendas afectadas por un corte de luz por avería. No obstante, sí existen unos valores límite a partir de los cuales el consumidor deberá recibir una indemnización por daños y perjuicios.

Dichos valores están referenciados a una posible reclamación. Se diferencian según la zona geográfica en la que se produzca el fallo. Así, en las zonas rurales, las distribuidoras tendrán un máximo de 9 horas para reestablecer el servicio y, en la zonas urbanas, tan solo 5 horas.

Las distribuidoras también disponen de los llamados mapas de incidencias, que reflejan con exactitud geográfica los avisos y definen una hora interna para su resolución. Esta información es pública y se puede consultar en las páginas web de las empresas distribuidoras.

¿Se puede reclamar un corte de luz por avería?

Las compañías eléctricas y las distribuidoras están obligadas a dar un servicio de calidad, es por ello que cuando se produce una interrupción del suministro por alguna causa ajena al usuario, éste tiene derecho a reclamar y a recibir una indemnización.

Antes de emprender una reclamación, los usuarios deben conocer la causa del corte de luz, ya que no todas son susceptibles de reclamación e indemnización.

 Cortes de luz programados: son aquellas interrupciones del suministro que se realizan para permitir los trabajos en la red de distribución. Deben ser inferiores a 3 minutos y los consumidores tiene que ser avisado con una antelación de 24 horas.

 Cortes de luz imprevistos: son los que duran más de 3 minutos. No pueden superar determinados valores relacionados con la zona geográfica donde se produzcan. Así, para zonas urbanas, no se podrán superar las 5 horas o 10 interrupciones del suministro anuales; mientras, en las zonas rurales, los valores son 9 horas o 22 interrupciones.

En caso de que se supere alguno de esos valores, la compañía deberá aplicar un descuento máximo del 10% en la facturación anual, así como indemnizaciones por los alimentos y los electrodomésticos afectados por el corte de luz, previa acreditación de dicha pérdida.

Si la interrupción del suministro es programada, la compañía no está obligada a indemnizar a los consumidores.

¿A quién se puede reclamar un corte de luz por avería?

La reclamación solo se puede interponer por una interrupción imprevista del suministro eléctrico. Si se da el caso, lo primero que se debe hacer es intentar solventar la problemática con la propia compañía, enviando toda la documentación que sostenga la petición de indemnización.

No recibir una respuesta o que ésta sea insatisfactoria, abre la posibilidad al usuario de elevar la reclamación a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) más cercana a su domicilio. Este órgano revisa el contenido de la reclamación impuesta a la compañía y propone una solución no vinculante o justifica la imposibilidad de alcanzarla.

Como última instancia, al no alcanzar un acuerdo, las OMIC asesorarán al consumidor de cara a un posible litigio judicial, el cual sí dictaminará una resolución de obligado cumplimiento por ambas partes.


Cortes de luz por compañías reguladas