¿Cómo dar de alta el gas natural en una vivienda? Documentos
El alta de gas natural se realiza entre 5 y 7 días hábiles, aunque el proceso y la documentación dependen del estado de la instalación de gas.
El usuario interesado en dar de alta el gas natural debe primero conocer cuál es la situación actual de la instalación y el tipo de vivienda:
Según el estado de la vivienda, la forma de proceder para tener gas natural y la documentación necesaria difiere. Esto quiere decir que habrá ocasiones en los que será necesario ponerse en contacto con la distribuidora para iniciar el proceso desde la acometida de gas, y otras en las que únicamente será necesario comunicarse con la comercializadora para contratar una tarifa de gas natural.
Hay que tener presente que la red de distribución de gas no llega a todos los municipios de España. Los usuarios deberán consultar esta información con la distribuidora de gas antes de empezar con el alta.
¿Tienes dudas sobre dar de alta el gas?
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Dar de alta el gas natural por primera vez
Para las viviendas en las que no ha habido suministro de gas anteriormente, hay que tramitar un alta de gas desde cero. Ello implica atravesar una serie de fases:
Ponerse en contacto con la distribuidora de la zona, que propondrá un presupuesto de obra y una memoria técnica. Ambos condicionados por la existencia de la acometida de gas: el punto de conexión entre la red de canalización del gas natural, propiedad de la distribuidora, y el punto de suministro.
¿Cuánto cuesta dar de alta el gas?
Una vez completada las obras, la distribuidora hará entrega del certificado de la instalación de gas natural, que acredita el cumplimiento de la normativa y las medidas de seguridad del Reglamento de Instalaciones Técnica en los Edificios (RITE).
La revisión de la instalación de gas, según los protocolos del RITE, es obligatoria pasarla cada 5 años, salvo en el País que son cada 4 años.
Tras recibir el certificado de la instalación de gas, es el momento de ponerse en contacto con la comercializadora con la que se desea contratar el gas natural e iniciar los trámites para activar el suministro.
En este paso, la comercializadora elegirá requerirá una serie de documentos que consiguientemente enviará a la distribuidora para su verificación.
Si la distribuidora da el visto bueno a la documentación recibida, enviará a un técnico a la vivienda para instalar el contador de gas y activará el suministro de gas. Ese será el momento para contratar la tarifa de gas más barata posible, según las necesidades de cada hogar.
Alta de gas en un hogar con instalación
Toda vez que que el inmueble dispone de instalación de gas, solo habrá que solicitar un primer alta de gas o, en caso de haber existido previamente suministro, una reactivación.
En ambos casos, será necesario conocer cuál es el CUPS de gas del suministro para realizar el alta. En caso de no encontrar este código alfanumérico de 22 dígitos, lo puede facilitar la distribuidora de la zona.
Localizado el CUPS de gas, se podrá contactar con la compañía con la que se quiera contratar el gas para iniciar los trámites del alta.
El alta de gas solo se realizar cuando no hay suministro. Si ya existe y el contrato está a nombre de otra persona, lo que habrá que hacer es un cambio de titular de gas.
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¿Cómo dar de alta el gas natural en una comunidad de vecinos?
Cuando una vivienda se encuentra en una comunidad de vecinos, lo primero que se debe verificar antes de solicitar el alta del suministro de gas es que el inmueble cuenta con Instalación Receptora Común (IRC).
Si el edificio carece IRC, será necesario solicitar su instalación a la distribuidora. Para ello, se deberá contar con la autorización de al menos un tercio de los propietarios, tal y como se recoge en la Ley de Propiedad Horizontal.
Aprobada la construcción de la IRC, nos encontramos ante dos posibles escenarios:
Los propietarios interesados en contratar gas natural acuerdan sufragar la instalación de la IRC
El coste de construcción de la IRC será asumido exclusivamente por aquellos usuarios interesados en gasificar sus viviendas, convirtiéndose en dueños de la misma. De esta manera, cualquier propietario que decida conectarse a la IRC posteriormente tendrá que solicitar permiso a los usuarios que sufragaron la obra. Adicionalmente, cada vecino deberá asumir, de manera individual, el pago por la construcción de su IRI.
Si la red de distribución no pasara por la finca, los usuarios también tendrían que asumir el coste por extender la red de distribución. En este caso, las distribuidora suelen asumir los 10 primero metros de extensión.
La distribuidora asume el coste de instalación de la IRC
La distribuidora podría decidir asumir la construcción de la IRC si un mínimo de propietarios instala gas natural en sus viviendas. En este caso, la distribuidora será la propietaria de la instalación general, cobrando un canon de finca a aquellos usuarios conectados a la IRC.
¿Qué documentos se necesitan para dar de alta el gas natural?
Una vez ejecutadas las obras de acometida e instalación de gas natural, se puede proceder a dar de alta el suministro de gas. Para ello, se debe presentar la siguiente documentación a la comercializadora con la que se quiera contratar el gas:
- Datos personales del titular: nombre, apellidos y DNI.
- Dirección de la vivienda donde se vaya a dar el alta de gas.
- Copia de la escritura de propiedad de la vivienda o del contrato de alquiler.
- Certificado de la Instalación Receptora Individual (IRI) en vigor.
- Código CUPS de gas.
- Cuenta bancaria del titular (este dato será para la comercializadora).
- Si la vivienda cuenta con calefacción de gas natural, Certificado de Instalación Térmica.
- En los casos en lo que proceda, certificado de la Instalación Receptora Común.
- En vivienda nuevas, licencia de primera ocupación.
¿Hay que entregar el Certificado de Instalación del Gas en las alta de reactivación?
Si la instalación ha estado de baja menos de un año, se podrá presentar el certificado de instalación anterior. Sin embargo, si la instalación ha estado inactiva más de 12 meses, habrá que solicitar un nuevo boletín.
¿Cuánto se tarda en dar un alta de gas?
Las distribuidoras disponen de un plazo legal de 5 a 7 días hábiles para verificar la instalación, colocar y precintar el contador de gas y activar el punto de suministro.
No obstante, es importante saber que el plazo no empieza a correr cuando un usuario presenta la solicitud de alta, sino cuando la distribuidora autoriza la activación del punto de suministro.
Entre los motivos que pueden retrasar un alta de gas natural, podemos destacar:
- Necesidad de construir o ampliar la acometida de gas.
- Plazos de ejecución de la obra de acometida.
- Solicitud de la licencia de obra al ayuntamiento.
- Plazos de gestión de las solicitudes de alta de cada comercializadora.
- Plazos de ejecución de la Instalación Receptora Común y la Instalación Receptora Individual.
¿Qué problemas puede haber para dar de alta el gas?
Algunos de los problemas que se derivan de un alta de gas están relacionados con el proceso burocrático de las compañías, que a su vez puede causar la negativa de la distribuidora a la hora de instalar el contador de gas. Otro de los motivos es que la zona desde la que se solicita la activación del suministro no cuenta con una red de distribución de gas.
¿En qué ciudades se puede dar de alta el gas natural en España?
La distribución del gas natural se extiende por todo el territorio nacional, pero esta energía no llega a todos los municipios. Antes de solicitar la activación del gas en una vivienda, es conveniente contactar con la distribuidora de la zona para asegurarse de que sus redes suministran gas a una determinada dirección postal.
¿Qué tipos de instalación de gas natural se pueden hacer durante un alta de gas?
Instalación Receptora Común (IRC), conecta la red de distribución de gas natural con la instalación general de un bloque de viviendas u oficinas, o Instalación Receptora Individual (IRI), que hace lo propio con la instalación individual de gas natural de una vivienda o local con la red de canalización.