¿Cómo dar de baja la luz y cuándo es necesario? Precio y plazos

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Dar de baja la luz

Dar de baja la luz es un trámite por el cual el cliente rescinde su contrato y corta el suministro eléctrico del inmueble. Esta gestión será gratuita siempre que dicho contrato no tenga un periodo de permanencia en vigor. Descubre cuanto se tarda y cómo dar de baja la luz con las principales comercializado a continuación.

Dar de baja la luz: ¿Cuándo es necesario?

El titular del contrato de luz debe darlo de baja cuando desee dejar el inmueble sin suministro eléctrico durante un largo periodo de tiempo. Esta decisión reside en el cliente, y podrá realizar el trámite siempre que lo considere oportuno.

Sin embargo, el usuario debe tener claro el motivo ya que no sólo estará cancelando el contrato de luz con su comercializadora, sino que también estará dando de baja el contrato con la distribuidora, que es quien le permite tener acceso a la red de suministro eléctrico. Además, esta también retirará el contador eléctrico de su inmueble si lo tiene en alquiler, o precintará si es propiedad del cliente.

Si el usuario se plantea dar de baja la luz en una vivienda de segunda ocupación por que sólo acude un mes al año, ha de tener en cuenta que al reactivar su suministro, el precio por dar de alta la luz será más elevado que el precio que pagaría por mantenerlo sin realizar un consumo. Además de volver a pasar por un nuevo proceso de contratación de luz.

Cuando el cliente quiera dar de baja la luz por fallecimiento del titular, deberá considerar el tiempo que la vivienda estará deshabitada, y en función de ello realizar una disminución de la potencia contratada o tramitar la baja.

El titular del contrato no debe dar de baja la luz si lo que desea es realizar un cambio de compañía o un cambio de titular. Ambos trámites son gratuitos y no es necesaria la baja del suministro.

¿Cómo dar de baja la luz?

Si el cliente desea rescindir su contrato y dar de baja la luz, lo primero que debe hacer es ponerse en contacto con su comercializadora. Esta le indicará el procedimiento a seguir, pues cada compañía puede tener una manera de proceder.

Los métodos más comunes para dar de baja el suministro eléctrico son los siguientes:

  • Llamada telefónica al número de contrataciones de la comercializadora (la llamada será grabada para que haya constancia del consentimiento por parte del cliente
  • Formulario online de desistimiento del contrato
  • Email al departamento de atención al cliente
  • A través del área de clientes de la comercializadora
  • De forma presencial, en alguna de las oficinas comerciales de la compañía

Además, el titular del contrato deberá esperar a que su distribuidora se ponga en contacto para gestionar una cita y que acuda uno de sus técnicos a retirar el contador eléctrico, siempre que sea propiedad de la propia distribuidora.

Se recomienda que el cliente que solicite la cancelación de su contrato de luz, pida un justificante para poder realizar las reclamaciones pertinentes en caso de incidente con la comercializadora.

Dar de baja la luz con tu comercializadora
Comercializadora Teléfono Correo electrónico Área de clientes Oficinas
Endesa atencionalcliente@endesaonline.com Área de clientes de Endesa Oficinas de Endesa
Iberdrola clientes@@iberdrola.es Área de clientes de Iberdrola Oficinas de Iberdrola
Naturgy cesescom@naturgy.com Área de clientes de Naturgy Oficinas de Naturgy
TotalEnergies atcliente@edpenergia.es Área de clientes de TotalEnergies Oficinas de EDP
Repsol atencion.electricidad.gyp@repsol.com Área de clientes de Repsol Oficinas de Repsol

Los usuarios que quieran dar de baja la luz, deberán disponer de la siguiente documentación:

  • Datos del titular del contrato
  • Número del contrato de luz
  • Dirección exacta del punto de suministro
  • Código CUPS

¿Dar de baja la luz o disminuir la potencia contratada?

Cuando la vivienda o local van a estar desocupados un largo periodo de tiempo, en ocasiones, es recomendable disminuir la potencia contratada antes que dar de baja la luz. Esto es debido a que, si no se realiza un consumo, el precio por mantener el suministro será inferior cuanto menor sea la potencia.

A continuación, se muestra un ejemplo del precio que debería pagar el cliente si realiza ambos trámites, con una potencia contratada de 4 kW:

 Coste de reactivar el suministro de luz

  • Derechos de acceso: 19,70€ * 4kW = 78,8€
  • Derechos de extensión: 17,37€ * 4kW = 69,48€
  • Derechos de enganche: 9,04€
  • Precio total: (78,8€ + 69,48€ + 9,04€) + 21% IVA = 190,35€

Los derechos de extensión tienen una vigencia de 3 años. Si fueron abonados en un periodo de tiempo inferior a este, el cliente no deberá de abonarlos, por lo que el precio final por dar de alta la luz sería de 102,28€.

 Coste de disminuir y aumentar la potencia

  • Disminuir la potencia contratada: 9,04€ + IVA en concepto de derecho de enganche = 10,93€

El coste de aumentar la potencia contratada depende de la cantidad de kW que el cliente quiera incrementar en su suministro. Suponiendo que la bajada fue a 2 kW y se quiere volver a aumentar a 4 kW, los siguientes derechos se deberán multiplicar por la diferencia entre ambas potencias, en este caso 2kW.

  • Aumentar la potencia contratada
  • Derechos de acceso: 19,70€ * 2kW = 39,4€
  • Derechos de extensión: 17,37€ * 2kW = 34,74€
  • Derechos de enganche: 9,04€
  • Precio total: (39,4€ + 34,74€ + 9,04€) + 21% IVA = 100,64€

Al reactivar el suministro eléctrico, el precio por dar de alta la luz será más elevado que el precio que pagaría por mantenerlo sin realizar un consumo.

Concretamente, el alta de luz con una potencia contratada de 4 kW, tendrá un precio de 190,35€ frente a los 111,57€ que cuesta reducir y aumentar la potencia. Por ello, el cliente ahorrará 78,78€ si no da de baja el suministro y decide modificar la potencia.

En función de la tarifa contratada, el cliente deberá calcular el coste de mantener el suministro mientras que la vivienda este desocupada. Si este es inferior a los 78,78€ que ahorrará, el precio del cambio de potencia contratada seguirá siendo inferior al de dar de alta el suministro eléctrico.

El usuario debe tener en cuenta que el trámite de dar de baja el suministro, es más largo y tedioso que realizar una disminución de la potencia, ya que la baja implica la retirada del contador y no sólo depende de la comercializadora, sino también de la distribuidora. Además, para volver a dar el alta de luz, si el inmueble tiene más de 20 años desde su construcción, el cliente deberá presentar el boletín eléctrico.

El cliente debe tener en cuenta que sólo se puede realizar un cambio de potencia contratada al año, ya sea un aumento o una reducción.

¿Cuánto cuesta dar de baja la luz?

La baja del suministro eléctrico siempre es gratuita para el usuario. Sin embargo, puede requerir de un coste en materia de penalización si el cliente tiene una permanencia en su contrato de luz y todavía no la ha cumplido. El titular de este deberá consultar si su tarifa contratada tiene permanencia, y si se da el caso, consultar los términos y condiciones del contrato.

Asimismo, es posible que el usuario tenga contratado algún servicio de mantenimiento con un periodo de permanencia, por lo que deberá ponerse en contacto con su comercializadora y consultar las condiciones de su contrato para evitar posibles sanciones económicas.

Pese a ser un trámite gratuito, siempre que se realice una baja, el cliente deberá asumir los costes de dar de alta la luz cuando quiera reactivar su suministro. Por ello, es recomendable que el cliente considere no llevarlo a cabo si el periodo de desocupación del inmueble no supera el año. También debe considerar llevar a cabo una disminución de la potencia contratada.

¿Cuánto tardan en dar de baja la luz?

Cuando el cliente solicita la baja de su contrato de luz, el tiempo en el que la compañía corte el suministro eléctrico no será superior a un mes. Sin embargo, los plazos son definidos por cada comercializadora, por lo que el usuario deberá consultarlo con esta.

En el momento que el titular comunique a su compañía que quiere dar de baja la luz, esta le indicará la fecha en la que un técnico de la distribuidora acudirá al punto de suministro para proceder con la retirada del contador.

Además, estos tiempos podrán variar en función del tipo de contador o de la localización de la vivienda.

 

Bajas de luz