¿Qué consumidor pensionista puede solicitar el Bono Social eléctrico?
Los consumidores o miembros de una unidad familiar, que sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente y perciban la cantidad mínima por ambas clases de pensión, podrán optar al Bono Social eléctrico, que es una ayuda para hacer frente a las facturas.
Hasta el 31 de diciembre de 2025, el bono social eléctrico y térmico incluirá nuevas medidas para proteger a los consumidores vulnerables. Las ayudas para estos usuarios han aumentado, pasando del 25% al 65% en el caso de los vulnerables, y del 40% al 80% para los vulnerables severos. Además, se ha prohibido cortar el suministro eléctrico a los beneficiarios del bono social. Las ayudas del bono social térmico también aumentan, de 25€ a 40€, junto con un cheque adicional de 90€. Las familias con ingresos entre 12.159,42 € y 16.212,56 € podrán solicitar el nuevo bono social de luz.
En octubre de 2024, los descuentos del bono social energético comenzarán a reducirse gradualmente. A partir del 1 de octubre, estos porcentajes disminuirán al 57,5% y 72,5%, respectivamente, con nuevas reducciones hasta julio de 2025, cuando serán del 35% y 50%. También, el Gobierno ha ampliado el plazo de corte de luz por impago, de 4 a 10 meses para los beneficiarios del Bono Social.
Requisitos para obtener el Bono Social de luz para pensionistas
Tendrá consideración de consumidor vulnerable aquel que sea pensionista del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente y perciba el montante mínimo en cada momento de ambas pensiones. Además, tampoco podrá ingresar otras cantidades que superen los 500 euros al año.
Esto supone que los pensionistas pueden acogerse al Bono Social eléctrico y, en consecuencia, también al Bono Social térmico, siempre que acrediten su condición mediante la declaración responsable incluida en los modelos de solicitud de este subsidio. Adicionalmente, los potenciales beneficiarios deben cumplir con una serie de requisitos:
Rentas máximas y situación familiar
Para adquirir el Bono Social, la renta anual del pensionista o del conjunto de su unidad familiar debe ser igual o inferior a los siguientes umbrales:
Situación familiar | Consumidor vulnerable | Consumidor vulnerable severo |
---|---|---|
Pensionista individual o unidad familiar | Pensión mínima + 500 €/año de otros ingresos | 8.400 €/año* |
*El multiplicador de la renta respecto al IPREM es de 1.
El IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) es el índice de referencia para la asignación del Bono Social. Todos aquellos consumidores que superen esa cantidad de renta no podrán optar a esta ayuda. En el caso de los pensionistas, no necesitan un mínimo de renta (lo marca su pensión) para alcanzar la condición de consumidor vulnerable, sí para cuando asciende a 'vulnerable severo'.
Se entiende como consumidor vulnerable severo aquel que de forma propia o el resto de su unidad familiar tenga un renta anual inferior o igual al 50% de los umbrales IPREM.
Descubre si tienes descuento por el bono social eléctrico
¿Qué descuentos tiene el Bono Social para pensionistas? Los pensionastas vulnerables con derecho al Bono Social eléctrico disfrutarán de un 25% de descuento en todos los términos que componen la factura de luz. En caso de los pensionistas vulnerables severos, el descuento se incrementa hasta el 40%. La vigencia de estos descuentos coindice con la duración de esta ayuda: dos años.
Los pensionistas con circunstancias específicas percibirán 1 vez más el IPREM (8.400 €), entendiéndose como tales condiciones:
- Pensionista o algún miembro de la unidad familiar con un discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
- Pensionista o algún miembro de la unidad familiar con la condición de víctima de violencia de género.
- Pensionista o algún miembro de la unidad familiar con la condición de víctima del terrorismo
- Pensionista o algún miembro de la unidad familiar con una dependencia reconocida de grado II o III.
- Familias monoparentales con al menos un menor de edad.
También puede ocurrir que los pensionistas sean declarados consumidores en riesgo de exclusión social por los servicios sociales de cada Comunidad Autónoma. Esta quiere decir que no se podrá interrumpir el suministro eléctrico en ningún momento y la factura de la luz estará subvencionada al 100% entre la Administración Pública y las compañías eléctricas.
Características del punto de suministro
No todos los pensionistas que, por su renta, están habilitados a solicitar el Bono Social pueden hacerlo si su punto de suministro no cumple con unas determinadas características.
- Requisitos del suministro para obtener el Bono Social para pensionistas
- Contrato eléctrico asociado a la tarifa Precio Voluntario al Pequeño Consumo (PVPC).
- El solicitante del Bono Social debe ser el titular del contrato eléctrico.
- Quien demande el Bono Social debe ser una persona física, no jurídica.
- El Bono Social solo se aplica sobre viviendas habituales, no segunda residencias.
- La potencia eléctrica contratada hogar debe ser igual o inferior a 10 kW.
- La solicitud del Bono Social solo se puede hacer a través de una comercializadora de mercado regulado.
¿Cómo solicitar el Bono Social para pensionistas?
Los pensionistas que reúnan los requisitos necesarios podrán solicitar el prestación del Bono Social a través de una comercializadora regulada. Este proceso puede hacerse por teléfono o por correo eléctrico. Ésta última vía es la más recomendada porque agiliza el trámite.
Comercializadora | Teléfono de contacto | Correo electrónico |
---|---|---|
Energía XXI (Endesa) | 800 760 333 | [email protected] |
Curenergía (Iberdrola) | 800 760 719 | [email protected] |
Baser COR (EDP) | 900 902 947 | [email protected] |
Gas & Power (Naturgy) | 900 100 283 | [email protected] |
Régsiti (Repsol) | 900 101 005 | [email protected] |
Energía Ceuta XXI | 900 106 004 | [email protected] |
Teramelcor (Melilla) | 800 007 943 | [email protected] |
CHC COR | 900 814 023 | [email protected] |
Adicionalmente, los pensionistas deberán rellenar un formulario de solicitud del Bono Social de luz para formalizar la petición de esta ayuda. Cada comercializadora regulada dispone de un formulario personalizado, que se puede completar online o, en su defecto, se puede recoger en sus oficinas físicas.
Comercializadora regulada | Formularios |
---|---|
Energía XXI | |
Curenergía | |
Gas & Power | |
Baser COR | |
Régsiti |
Documentación necesaria para solicitar el Bono Social para pensionistas
Para acreditar la condición de consumidor vulnerable y acceder, por tanto, al Bono Social, los pensionistas deben enviar a la coemrcializadora regulada por correo electrónico el formulario de solicitud junto con la siguiente documentación:
Formulario del Bono Social firmado por todos los integrantes de la familia mayores de 14 años.
NIE o NIF del titular del punto del suministro y de todos los integrantes de la unidad familiar.
Certificado de empadronamiento en vigor del titular del suministro y de todos los miembro de la unidad familiar.
Libro de familia, siempre que exista una unidad familiar.
Certificado de los Servicios Sociales que acredite las circunstancias especiales de las personas solicitantes: grado de discapacidad superior al 33%, víctimas de violencia de género y del terrorismo.
Copia de la declaración de la renta del último año (si la solicitan).
En un plazo máximo de 5 días, la comercializadora enviará al solicitante del Bono Social un correo electrónico de confirmación de la recepción de toda la documentación.
¿Cuándo se aplica el Bono Social para pensionistas?
Una vez entregada toda la documentación requerida, pasarán un máximo de 15 días hasta que la comercializadora la verifique y permita la aplicación del Bono Social.
Concretamente, cuando el modelo de declaración responsable - junto con el resto de documentación - llega por primera vez a la comercializadora, tiene 5 días para comprobar su veracidad. A partir de ahí, notificará al consumidor el resultado de la evaluación por correo electrónico o teléfono.
En caso de que faltaran documentos por entregar, el pensionista vulnerable tendrá 5 días para cumplimentar correctamente el proceso. Entonces, deberán pasar otros 5 días para que la comercializadora vuelva a comprobar todo, cumpliendo así el plazo máximo de 15 días fijado.
Los descuentos del Bono Social eléctrico para pensionistas aparecerán en la primera factura una vez completado correctamente el proceso de solicitud. Esto quiere decir que si la solicitud se completa un 7 de febrero y el periodo de facturación habitual es el 2 de cada mes, los descuentos comenzarán a aplicarse a partir del 2 de febrero.
También hay que tener en cuenta que la aplicación tiene límites en el término de energía de las facturas, que de rebasarlos, los beneficiados del Bono Social deberán pagar los kWh extra consumidos al precio normal de la PVPC.
Situación familiar | Límite de consumo anual |
---|---|
Personas o parejas sin hijos | 1.380 kWh |
Familias con un menor en casa | 1.932 kWh |
Familias con dos menores | 2.346 kWh |
Familias numerosas | 4.140 kWh |
¿Cada cuánto se renueva el Bono Social para pensionistas?
La periodo de vigencia del Bono Social para pensionistas es de dos años. Completado ese plazo, podrán solicitar la renovación siempre que sigan cumpliendo los requisitos referenciados en el Real Decreto 987/2017, de 6 de octubre.
La renovación de esta ayuda debe pedirse con una antelación mínima de 15 días antes de su vencimiento. En caso contrario, habría que volver a empezar con los trámites de solicitud.
¿Cuándo no se puede renovar el Bono Social para pensionistas?
- Cuando se dejan de concurrir las condiciones que permiten estar bajo su amparo. Esto implica que si las circunstancias del consumidor mejoran, debe notificarlo a la comercializadora regulada en un plazo máximo de 1 mes.
- De lo contrario, el consumidor podría ser sancionado con un recálculo de todas las facturas en las que haya obtenido beneficio del Bono Social aplicando el precio normal de la PVPC, además de un recargo de 10% por incumplir el contrato con la comercializadora.
La comercializadora regulada está obligada a comunicar al pensionista - en su última factura - la fecha de vencimiento del Bono Social, así como indicar que, una vez superado ese plazo, pasará a ser facturado con el precio normal de la PVPC. No obstante, también le puede informar sobre la alternativa de contratar una tarifa de luz de mercado libre.
Otros beneficios del Bono Social para pensionistas
Los pensionistas acreedores del Bono Social podrán disfrutar de otros beneficios, más allá de los ya explicados en este escrito. Entre ellos, se encuentra la protección frente a los cortes en el suministro eléctrico por impago. La legislación vigente recogida en el artículo 52 de la Ley 24/2013 del Sector Energético estipula la prohibición de los cortes de suministro a quienes acrediten su vulnerabilidad económica.
Los pensionistas contarán con un periodo más prolongado para abonar las facturas impagadas que el resto de consumidores. Ese periodo será de 4 meses desde la primera notificación de impago.
El Gobierno amplia el plazo para el corte de suministro eléctrico por impago hasta un máximo de 10 meses frente a los 4 actuales. Eso sí, después de 4 meses, si la orden de corte continúa, en los 6 próximo meses la comercializadora y la distribuidora podrán reducir la potencia del hogar a 3,5 kW. Una vez la deduda se salde, se volverá la potencia contratada.
Tampoco se puede cortar el suministro cuando el beneficiario del Bono Social acredite formar parte de una unidad familiar en la que haya al menos un menor de 16 años, un miembro con una situación de dependencia de grado II o III, o con una discapacidad reconocida del 33%.
Solo las viviendas habituales y las situaciones específicas de cada pensionista, acreditadas con el correspondiente documento expedido por los servicios sociales de una Administración Pública competente, pueden ser receptores de estos beneficios.
Información sobre el Bono Social de Energía XXI.
Información sobre el Bono Social de Curenergía.
Información sobre el Bono Social de Baser COR.
Información sobre el Bono Social de Gas & Power.
Información sobre el Bono Social de Régsiti.