Nuevas tarifas de gas natural: ¿cómo afectan a las facturas?
Los peajes de acceso de gas natural son el coste por tener este suministro en el hogar. Conoce la nueva regulación.
¿Qué suponen las nuevas tarifas de gas natural para los hogares?
Igual que sucedió con la nueva tarifa de luz, las ofertas de gas van a sufrir cambios en su estructura orientados a ajustar más el coste de cada hogar a su consumo anual. Esta medida no va a ser la panecea de ahorro, pues dependerá del tipo de consumo.
¿Qué cambia con la nueva tarifa de gas?
A partir del 1 de octubre de 2021 va a quedar implementada una nueva forma de definir los peajes de acceso de gas natural, con el fin de adaptar la normativa a la pauta europea. Esta medida traerá consigo, entre otras cosas, una subida la parte fija de la factura y bajará la variable.
¿Cómo afectan las nuevas tarifas de gas al consumidor?
Este cambio en los peajes de acceso de gas se aplicarán tanto en los consumidores de mercado libre como de mercado regulado. Mientras que para la mayoría de los clientes este cambio supondrá un ahorro, aquellos que realicen poco consumo pueden ver aumentado el precio del gas.
¿Cómo afectan los nuevos peajes a la tarifa de gas ya contratada?
A cada hogar se le modificará automáticamente la tarifa de acceso de gas correspondiente y se le cambiarán los precios acorde a los nuevos peajes y cargos. Esto elimina toda permanencia existente para que los usuarios puedan revisar sus tarifas y modificarlas, en caso de que fuera necesario.
¿Tienen algo que hacer los clientes ante las nuevas tarifas de acceso de gas?
La aplicación de la nueva tarifa de gas es automática y será la distribuidora de la zona la encargada de establecer el peaje de acceso de gas, tomando el consumo desde el 1 de julio de 2020 al 30 de junio de 2021. Esta tarifa de acceso de gas solo puede cambiar dependiendo del consumo anual.
¿Cómo saber qué tarifa de acceso de gas le corresponde a mi consumo?
Antiguos peajes | Nuevos peajes | Consumo anual |
---|---|---|
3.1 | RL.1 | ≤ 5.000 kWh/año |
3.2 | RL.2 | 5.000 - 15.000 kWh/año |
RL.3 | 15.000 - 50.000 kWh/año |
¿Qué son los peajes de acceso de gas?
Los peajes de acceso de gas, también conocidos como tarifas de acceso, son los costes que debe asumir el usuario por disponer de suministro de gas natural en su vivienda.
Estos gastos están regulados por el Ministerio de Industria y son publicados en el Boletín Oficial del Estado cada semestre. La finalidad de los peajes de acceso de gas es sufragar las actividades de distribución y transporte de tal suministro, así como financiar su gestión, regulación y operación del sistema gasista.
Todos los usuarios con gas natural, con independencia de la tarifa contratada, tienen que abonar estos costes en sus facturas. En ellas, se aplicarán sobre los términos fijo y variable.
En toda España, estos peajes de acceso de gas se aplican de la misma forma, pero no todos los puntos de suministro tienen que afrontar el mismo peaje. Éste varía en función del consumo de gas realizado durante el año anterior.
¿De qué se componen los peajes de acceso?
Los peajes de acceso de gas natural se componen de diferentes conceptos:
- Peajes de acceso a las redes de transporte
- Peajes de acceso a las redes locales
- Peajes de acceso a instalaciones de regasificación
- Cánon de acceso a los almacenamientos subterráneos
- Cargos del sistema
Estos peajes de acceso de gas se abonan en cada factura de gas, independientemente de si se ha realizado o no consumo.
Nueva normativa sobre las tarifas de gas
A partir del próximo 1 de octubre de 2021, entrará en vigor una nueva metodología de cálculo de los peajes y cánones de acceso de gas natural tras la aprobación de la circular 6/2020 de la CNMC. Un cambio motivado a adaptar estos conceptos a la normativa europea.
La aprobación de esta nueva normativa de los peajes de acceso se consigue gracias a una acción conjunta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITECO).
¿En qué consiste el cambio de normativa?
La nueva normativa de los peajes de acceso de gas no lleva aparejada una revolución, pero sí pequeños detalles a los que prestar atención:
Nueva denominación: Peajes de acceso + cargos del sistema
Se trata de una cuestión de denominación. Lo que antes se conocía únicamente como peaje de acceso ahora requerirá de una división: peajes de acceso + cargos del sistema.
Con este cambio normativo, la forma de nombrar los peajes de acceso al sistema gasista en las facturas de gas será la siguiente:
Peajes de acceso: que integran transporte, redes locales y regasificación (definidos por la CNMC), además de los cánones de acceso a los almacenes subterráneos (establecidos por el MITECO).
¿Qué son los cánones de acceso a los almacenes subterráneos?
Los cánones de acceso a los almacenamientos se destinarán exclusivamente a sufragar los costes fijos de las instalaciones de gas, donde se almacena el gas natural que posteriormente llegará a nuestras viviendas.
Cargos del sistema gasista: corresponden a la cuantía que han de abonar los usuarios de las instalaciones de gas para sufragar los costes regulados no asociados al uso de éstas, como medidas de gestión de demanda, desajustes temporales entre ingresos y costes del sistema o la tasa de la CNMC o el MITECO.
Esta modificación no implica nuevos costes para los consumidores, simplemente se reparten los ya existentes en dos conceptos con el único fin de ajustarlos a la normativa de la Unión Europea.
Peajes de acceso más personalizados
Para definir el coste que los usuarios deben abonar en su facturas de gas, se ha establecido una nueva metodología basada en la estructura de los peajes de acceso de las redes locales, que son las que llevan el gas a cada vivienda.
Estos peajes están constituidos por grupos tarifarios, que marcan unos límites de consumo inferiores a la estructura actual de los peajes de acceso de gas convencionales (3.1, 3.2, 3.3 y 3.4). Esto permite cobrar al usuario una cantidad que se adapta más a su gasto.
Periodo tarifario distinto (año de gas)
Otro de los cambios está relacionado con el periodo tarifario (año de gas), es decir, el periodo de aplicación de los peajes de acceso de gas. Anteriormente, estos peajes se revisaban cada 1 de enero por la CNCM.
Ahora, teniendo en cuenta la fecha de aplicación de la nueva metodología, el año de gas comprenderá del 1 de octubre de un año al 30 de septiembre del año siguiente.
Estos valores serán publicarán en el BOE los peajes de acceso de transporte, redes locales e instalaciones de regasificación conforme al artículo 7.1.bis de la Ley 2/2013, de 4 de junio.
Cambios en el cálculo de los peajes de acceso de gas
La nueva metodología de cálculo, definida por la CNMC, viene determinada por los grupos tarifarios de los peajes de acceso a las redes locales. Éstos definen límites de consumo sobre los que se facturarán a los usuarios.
Desaparecen los escalones tarifarios por presión y quedan sustituidos por los de consumo:
Peaje de acceso | Límites de consumo |
---|---|
RL.1 | ≤ 5.000 kWh/año |
RL.2 | 5.000 - 15.000 kWh/año |
RL.3 | 15.000 - 50.000 kWh/año |
Los límites de consumo son menores si los comparamos con la estructura, todavía vigente, de los peajes de acceso de gas (3.1, 3.2, 3.3 y 3.4). ¿Y qué implica esto? Los usuarios pagarán un precio más ajustado a su consumo.
Ejemplo de cómo calcular el peaje de acceso de una vivienda
Presumiblemente, las facturas de gas seguirán categorizando el tipo de consumo con la estructura antigua (3.1, 3.2...), aunque el importe facturado se extraerá de la nueva estructura metodológica vista en la tabla.
Antigua normativa
Consumo de 14.000 kWh/año Peaje de acceso 3.2 (5.000 a 50.000 kWh/año)
Nueva normativa
Consumo de 14.000 kWh/año Peaje de acceso 3.2 (5.000 a 15.000 kWh/año)
De esta forma se consigue facturar al usuario dentro de un peaje más ajustado a su consumo, por lo que éste será barato que antes.
Las metodologías definidas por la CNMC serán revisadas cada seis años de acuerdo con la normativa europea.
Aplicación de los nuevos peajes de acceso de gas
La aplicación de la nueva metodología de cálculo de los peajes de acceso de gas natural entrará en vigor a partir del próximo 1 de octubre de 2021.
- Condiciones de aplicación de los peajes de acceso de gas:
- Peaje determinado en función del consumo anual previsto o realizado.
- Solo se puede modificar el peaje una vez transcurrido un año desde su contratación o modificación, salvo que se produzcan circunstancias excepcionales debidamente justificadas, lo que permitiría su modificación antes del año de gas. (12.3 del reglamento UE 2017).
Para acoplar la nueva estructura de las tarifas de gas a los puntos de suministro, hay que tener en cuenta el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021:
Los puntos de suministro dados de alta antes del periodo mencionado se les asignará el peaje en función del consumo registrado durante ese mismo periodo.
En aquellos puntos dados de alta en fecha posterior al 1 de julio de 2020, se determinará el peaje de acceso en base a un consumo previsto por la distribuidora.
¿Cómo saber si tengo la nueva estructura de peajes de acceso de gas?
Las distribuidoras informarán a las comercializadoras y a los clientes directos del grupo tarifario en el que se ubican sus puntos de suministro con al menos un mes de antelación.
A efectos de facilitar la transición a la nueva estructura de los peajes de acceso de gas, las facturas emitidas entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de noviembre de 2021 podrán conservar la estructura anterior.
Además, las comercializadoras informarán de forma clara y transparente a los consumidores de la nueva estructura de peajes en las tres facturas previas a la aplicación definitiva.
¿Qué repercusión tendrán las nuevas tarifas de gas en las facturas de gas?
Lo más importante para el usuario es saber que esta nueva normativa de los peajes de acceso puede suponer un ahorro en sus facturas. La CNMC estima que que el cliente doméstico pueda generar un ahorro de hasta el 25%. Ese porcentaje es una estimación y puede variar según el grupo tarifario donde se ubique el consumo.
Además del posible ahorro que puede suponer la implementación de estos peajes de acceso de gas, también hay que reseñar modificaciones en su forma de aplicación sobre los términos fijo y variable.
Mientras las facturación del término variable se mantiene, el término fijo pasará a ser facturado por días. Antes era mensual y ahora anual, de manera que se reparte en función del número de días del periodo facturado.
En aquellos puntos de suministro que no dispongan de equipos de medida de caudal, el término fijo de los peajes se calculará por cliente (€/cliente/año).
Las distribuidoras están obligadas a incluir un desglose completo de los peajes de acceso, tanto en el término fijo como variable. El término fijo incluirá:
- Término fijo del peaje de red local aplicable en función del escalón de consumo de la tarifa.
- Cargos del sistema gasista.
- Coste fijo de comercialización.
Por su parte, el coste del término variable estará integrado por:
- Término variable del peaje de red local en función del nivel de consumo de la tarifa.
- Cargos del sistema gasista.
- Coste del canon del almacenamiento subterráneo.
- Coste variable de comercialización.
La distribuidora realizará la facturación mensual o bimestral de los peajes de salida de la red de transporte y de acceso a redes locales. La periodicidad de las facturas dependerá del tipo de lectura de contador que se haga.