¿Cómo se calcula el término fijo de luz y cómo modificarlo?

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Término de potencia luz

El término de potencia o término fijo es el precio que ha de abonarse en las facturas de luz por la cantidad de potencia eléctrica contratada. Conoce en qué consiste este concepto, cómo calcular su precio y cómo bajar o subir la potencia contratada.

¿Qué es el término de potencia en una factura de luz?

El término de potencia o término fijo de una factura de luz es el precio que se paga por la potencia eléctrica contratada para la instalación de un hogar. Expresado en kilovatios (kW), determina el número de electrodomésticos que pueden estar conectados simultáneamente en una vivienda.

Se trata de un coste fijo en los recibos eléctricos. No depende del consumo de energía y, por tanto, todas las viviendas con suministro eléctrico deberán hacer frente a este término de potencia con independencia del gasto energético realizado, incluso aunque éste sea inexistente.

Las dimensiones de la vivienda y el número de aparatos electrónicos determinarán qué potencia eléctrica contratar. A mayor número de electrodomésticos, mayor será el término de potencia y, por ende, el precio final de la factura. Por el contrario, en viviendas pequeñas, que demandan menos potencia eléctrica, o segundas residencias, donde no se habita todo el año, precisan de un término de potencia más bajo que les induzca al ahorro.

¿Cuál es el precio del término de potencia?

Cada comercializadora fija un precio diferente para el término de potencia en cada tarifa de luz, por lo que antes de decirse por alguna de ellas, es recomendable estudiar cuál es la potencia eléctrica más conveniente para la vivienda y comparar las compañías de luz que ofrecen el término de potencia más adecuado.

Precio del término de potencia

Compañías

Precio

Término de potencia de Endesa

P1: 0.0997 €/kW día
P2: 0.0328 €/kW día

Término de potencia de Iberdrola

P1: 0.1137 €/kW día
P2: 0.0369 €/kW día

Término de potencia de TotalEnergies

0.1367 €/kW día

Término de potencia de Naturgy

P1: 0.1037 €/kW día
P2: 0.0340 €/kW día

Término de potencia de Repsol

P1: 0.0682 €/kW día
P2: 0.0682 €/kW día

Los precios del término de potencia se corresponden con las tarifas más baratas de cada compañía.

Para obtener la tarifa de luz más barata tiene que existir una proporcionalidad entre el término de potencia y el término de energía, o por lo menos no grandes diferencias entre ellos.

También es necesario destacar las diferencias que existen entre el término de potencia marcado por el mercado libre y por el mercado regulado:

 Término de potencia de la PVPC: se refiere a la cantidad fija a pagar por la potencia contratada, pero al tratarse de la tarifa Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) es el Gobierno quien se encarga de fijar el precio del kW asociado al término de potencia. El término de potencia de la PVPC incluye el peaje de acceso y el margen de comercialización.

 Término de potencia en el mercado libre: representa lo mismo que en la PVPC, pero en este caso las comercializadoras son libres de fijar el precio sin que el Estado intervenga.

¿Cómo se cálcula el término de potencia en una factura de luz?

La compañías eléctricas establecen el precio del término de potencia en base al coste del kW. De manera que el precio de este concepto se deduce de multiplicar la potencia eléctrica contratada por el precio del kW y por el periodo de facturación.

¿Cómo subir y bajar término potencia?

El consumidor no puede hacer nada frente a la imposición del precio del término de potencia por la compañía, pero sí puede subir o bajar la potencia eléctrica contratada.

Para subir o bajar la potencia contratada, el consumidor debe ponerse en contacto con su comercializadora y deberá facilitar la siguiente información:

  • Datos para subir o bajar la potencia contratada
  • Nombre, apellidos y DNI del titular.
  • Potencia eléctrica actual y nueva.
  • Código Universal del Punto de suministro (CUPS).
  • Boletín Eléctrico: cuando la vivienda tenga más de 20 años o la potencia supere la reflejada en el boletín.

No obstante, cualquiera de las dos acciones debe ser profusamente estudiada porque según el Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, solo se podrán efectuar los cambios de potencia eléctrica una vez al año.

 Subir término de potencia eléctrica

Subir la potencia eléctrica es una acción motivada por la interrupción continua del suministro porque salta el Interruptor de Control de Potencia (saltar los plomos) o por el incremento de las personas o aparatos eléctricos que hacen uso del punto del suministro.

Si el cliente quiere subir la potencia contratada, deberá pagar los denominados derechos de acometida a la distribuidora, empleados también para dar el alta de luz en una vivienda.

¿Cuánto cuesta subir el término de potencia?

Derecho de extensión: 17,37 €/kW + IVA

Derechos de acceso: 19,70 €/kW + IVA

Derechos de enganche: 9.04 € + IVA

Poniendo un caso práctico sobre el aumento del término de potencia eléctrica de 3.45 kW a 4.6 kW, es decir, una subida de 1,15 kW, los costes de esta acción supondría los siguientes costes:

 

Ejemplo de cómo calcular la subida del término de potencia

Derechos de extensión: 1.15k W x 17.37 €/kW = 19.98 €

Derechos de acceso: 1.15k W x 19.70 €/kW = 22.65 €

Derechos de enganche: 10.93€ = 10.93 €

Precio total aumento de potencia: 53.56 € + IVA

 

 Bajar término de potencia eléctrica

Bajar el término de potencia eléctrica es una de las primeras opciones para conseguir ahorrar en la factura de luz. Ahora bien, al igual que sucede con la subida de potencia, no es una decisión que se deba tomar a la ligera. Merece, como mínimo, un cálculo de la potencia necesaria para el hogar.

La reducción de la potencia eléctrica en exceso puede ocasionar que, al conectar varios aparatos eléctricos a la vez, salte el Interruptor de Control de Potencia (ICP). Si por el contrario, la potencia contratada es superior a la necesaria, no saltará el ICP pero el coste en la factura será mucho mayor.

¿Cuál es el precio de bajar el término de potencia?

Derecho de extensión: 17,37 €/kW + IVA

Derechos de acceso: 19,70 €/kW + IVA

Derechos de enganche: 9.04 € + IVA

Tanto la subida como la bajada de potencia eléctrica, se realiza en un plazo máximo de 15 días, aunque suele hacerse entre 4 y 6 días. Este plazo se aplica a aquellas viviendas que tengan un contador digital y será la distribuidora la que realice el cambio de potencia de forma telemática. El tiempo estimado será mayor en aquellos hogares que aún dispongan de contador analógico, ya que será necesario que un operario acuda a la vivienda.

Antes de completar el cambio de potencia, llegará una última factura con la antigua potencia. No será hasta la próxima factura cuando se haga efectivo el trasvase.

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