¿Cómo dar de baja la luz con Repsol? Documentación, motivos y costes
Dar de baja la luz con Repsol es un proceso que puede realizar el titular del contrato en el momento que lo desee. Descubre cómo dar de baja el suministro con Repsol, los plazos y el coste.
¿Cómo dar de baja la luz con Repsol?
La baja de un suministro eléctrico con Repsol es un trámite que puede hacer el titular del contrato cuando así lo decida, ya que no es necesario aportar un motivo. Sin embargo, es recomendable realizar esta gestión si se desea dejar sin suministro el inmueble durante un largo periodo de tiempo.
Dar de baja la luz con Repsol por teléfono: a través de sus líneas telefónicas gratuitas, los usuarios podrán iniciar el proceso de baja de suministro con la comercializadora.
Teléfonos gratuitos para dar de baja la luz con Repsol | |
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Teléfono Repsol mercado libre | 900 118 866 |
Teléfono Repsol mercado regulado | 900 101 005 |
Dar de baja la luz con Repsol online: la compañía pone a disposición otros medios para realizar esta gestión
Correo electrónico y área de clientes de Repsol | |
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Correo electrónico Repsol | [email protected] |
Correo electrónico Regsiti | [email protected] |
Área de clientes Repsol | ‘Mis contratos’ |
La solicitud para dar de baja el suministro eléctrico con Repsol también puede hacerse acudiendo a sus oficinas comerciales:
- Oficinas comerciales de Repsol
- Méndez Álvaro 44, 28045, Madrid
- C/Santiago de Compostela, 12-2º, 48003, Bilbao
- Edificio Aqua C Menorca, 19 planta 12º, 46023, Valencia
- C/Tarragona, 149-157, Pt 12, 08014, Barcelona
- Paseo Pereda, 30 – Bajo, 39004, Santander
- C/ Manuel Llano Rebanal, 2. Bajo, 39200, Reinosa
- Avda. de Cantabria 5, 39500, Cabezón de la Sal
- C/ Martires 16 Bajo, 39300, Torrelavega
- C/ El llano número 2, Bajo, 39570, Potes
- C/ Padre Ignacio Ellacuria, 8. 39770, Laredo
- C/ Antón Fraguas, 3 27001, Lugo
- Xose María Chao 2 Bajo, 27800, Villalba
- Rua Das Corporaciones, 37 Local, 27780, Foz
- Urbanización La Setura, 4, Aguilar de Campoo
- Avenida Carlos Peláez, 4, 33710, Navia
- C/ Párroco Infanzón, 2, 33700, Luarca
- C/ Manuel Llaneza, 55. Bajo, 33600, Mieres
Para de dar baja la luz con Repsol es necesario que todas las facturas estén pagadas y no haya ningún proceso abierto de modificación del contrato, como un cambio de potencia o de tarifa.
¿Cuándo dar de baja la luz con Repsol?
Como hemos mencionado, el usuario es totalmente libre de ejecutar la solicitud de dar de baja la luz con Repsol. No obstante, deberá ser plenamente consciente de las consecuencias que puede suponer llevar a cabo este trámite.
La baja del suministro eléctrico no tiene carácter regresivo, pues no solo se cancela el contrato con la comercializadora sino además se liquida el contrato de acceso a la red eléctrica con la distribuidora. Eso significa la retirada del contador y quedarse sin suministro
A continuación exponemos los motivos por los que el usuario puede o debe dar de baja la luz:
- Cuando la vivienda vaya a quedar inhabitada durante un largo periodo de tiempo o un plazo ilimitado.
- Por fallecimiento del titular del contrato de suministro eléctrico.
- Por motivos de divorcio y el consiguiente abandono o venta del hogar.
- Por una mudanza y la puesta en venta o alquiler del inmueble.
Es recomendable no dar de baja el suministro eléctrico si se va a hacer un cambio de titular o de compañía. Ambos son trámites que se pueden hacer de manera gratuita siempre que no se suprima el suministro de luz.
¿Cuánto cuesta dar de baja la luz con Repsol?
Dar de baja la luz con Repsol es un trámite totalmente gratuito. Rescindir el contrato con la comercializadora sin penalizaciones es un derecho del cliente, aunque esta gestión puede requerir un coste si se encuentra en una de las siguientes situaciones:
Que exista una cláusula de permanencia en el contrato de luz. Es cada vez menos frecuente encontrar ese tipo de contratos, pero obligan al cliente a cumplirlo si no quiere sufrir penalizaciones económicas.
Aunque el contrato de luz no tenga permanencia, es posible tener contratado un servicio adicional o de mantenimiento que sí tenga. En tal caso, hay que cumplir lo firmado para evitar pagar.
Se deberán abonar todas las facturas pendientes de pago antes de solicitar la baja del suministro eléctrico.
La penalización por anular de manera anticipada un contrato de luz con permanencia es equivalente al 5% de la energía estimada pendiente de consumo.
Hay que destacar que suprimir el acuerdo eléctrico con la compañía implica que para volver a dar de alta la luz, el cliente debe abonar unos determinados costes conocidos como los derechos de acometida. Estos derechos se derivan a la distribuidora al realizar la instalación de un suministro eléctrico. Están divididos en tres costes:
- Derechos de acometida
- Derechos de extensión: 17,37 €/kW +IVA
- Derechos de acceso: 19,50 €/kW +IVA
- Derecho de enganche: 9,04 € +I IVA
Los derechos de extensión tienen una vigencia de tres años. De manera que si el suministro tiene abonados estos derechos o lleva dado de baja menos de tres años no deberán pagarse de nuevo.
Volver a tramitar un alta de luz también implicar determinar qué tipo de tarifa eléctrica contratar. Para esa decisión se deben tener en cuenta las necesidades del suministros y las condiciones de las ofertas, más allá del precio.
¿Qué documentación hay que entregar para dar de baja la luz con Repsol?
La comercializadora es la encargada de gestionar la baja de luz y, ya sea vía online, teléfono o presencial, solicita a los clientes una serie de documentación. Será necesario tener a mano una factura dado que todos los datos requeridos aparecen en ella.
- Documentación para dar de baja la luz con Repsol
- DNI del titular
- Código Universal del Punto de Suministro (CUPS)
- Dirección de la vivienda o local
- Número de contrato o número de cuenta bancaria
¿Cuánto tarda Repsol en dar de baja la luz?
Cuando el usuario solicita la baja del punto de suministro, el plazo previsto por Repsol para el corte de la luz no será superior a un mes.
Una vez cumplimentada la petición formal de cese de suministro, la distribuidora enviará a un técnico al punto de suministro para proceder a la lectura y retirada del contador.
Los plazos para llevar a cabo esta acción pueden verse alterados según el tipo de contador y la localización del inmueble.
¿Puedo dar de baja la luz si tengo una factura pendiente con Repsol?
Uno de los requisitos impuestos por la compañías eléctricas para poder dar de baja el suministro eléctrico es tener abonadas todas las cuotas correspondientes al tiempo de adhesión del cliente a una determinada comercializadora, como Repsol.
Hasta que el cliente no pague el importe de todas las facturas de la luz o cualquier servicio adicional contratado, no podrá dar de baja la luz.
Lo mismo sucede si hay una modificación del contrato en proceso, como un cambio de titular, un cambio de potencia o de tarifa. En este caso, el cliente deberá esperar a que se complete ese proceso para iniciar los trámites de baja del suministro eléctrico.
Dar de baja la luz por fallecimiento con Repsol
Cuando el titular del contrato fallece, son los familiares más cercanos los encargados de hacerse responsables de ese contrato. Tras cumplimentar el cambio de titular, el nuevo propietario tendrá plena potestad para decidir qué hacer con el suministro eléctrico.
Es aconsejable, si la vivienda va a quedar inhabitada, dar de baja la luz con Repsol para evitar enganches ilegales, cuyo coste correría a cuenta del titular del contrato.
Rescisión del contrato de luz por compraventa con Repsol
La mejor opción cuando se vende una vivienda o local es dar de baja el contrato con la compañía, con el fin de evitar que el pago de las posibles deudas generadas por los nuevos inquilinos recaiga sobre nosotros.
Otro escenario es traspasar el contrato de luz con Repsol a otro propietario a través de un cambio de titular.
Cancelar el suministro eléctrico con Repsol por alquiler
Es una práctica habitual que en viviendas de alquiler se haga un cambio de titular entre el arrendador y el nuevo inquilino, para que este se convierta en el único responsable del contrato eléctrico.
Puede darse el caso de que el inquilino quiera dar de baja el contrato de luz. Al ser el titular del contrato, es un proceso lícito. Por tanto, para volver a dar de alta la luz habría que pagar los derechos de alta.
Toda vez que termina el contrato de alquiler y el inmueble es entregado en las mismas condiciones en que se arrendó, le corresponde al propietario de la vivienda cursar los procedimientos pertinentes para hacer el cambio de titular. En caso contrario, el inquilino está en su derecho de dar de baja la luz para evitar ser el responsable de las facturas.