¿Cómo dar de alta el suministro eléctrico por primera vez? Precio

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En el proceso de dar de alta la luz por primera vez intervienen la distribuidora de la zona y la comercializadora contratada y suele durar 7 días hábiles.

¿Cómo dar de alta la luz por primera vez?

Cuando se habla de dar un alta de luz por primera vez significa que la vivienda no está conectada a la red de distribución eléctrica y, por tanto, no cuenta con luz. Es un proceso condicionado por diversos aspectos, que de desarrollarse todos de manera adecuada y estándar, puede resumirse en las siguientes fases:

  1. Solicitar el alta del suministro eléctrico a la distribuidora.
  2. Entrega de la documentación correpondiente.
  3. Aceptar las condiciones técnicas y económicas de la obra de acometida.
  4. Pagar los derechos de alta de luz.
  5. Contratar los servicios de alguna compañía de luz.
  6. Esperar un plazo de 7 días hábiles hasta que se active el suministro.

Para culminar la activación del suministro eléctrico en una vivienda nueva se debe seleccionar una compañía de luz, que será la encargada de facturar el consumo realizado. Llegados a este punto, los propietarios del inmueble deberán elegir entre contratar la PVPC o el mercado libre. Éste último ofrece precio más estables y una oferta muy amplia, lo que obliga a acudir a un comparador de tarifas de luz en busca de la mejor o la más barata.

¿En qué tipo de vivienda se puede hacer un alta de luz nueva?

Uno de los factores que influyen en el proceso de hacer una activación de suministro por primera vez es la tipología de la vivienda, o mejor dicho, el estado del suministro. Se pueden distinguir tres situaciones:

Con acometida

Sin conexión a la red de distribución eléctrica

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Sin acometida

Con la acometida eléctrica realizada

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Suministro caducado

Derechos de extensión con más de 3 años

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¿Qué es la acometida eléctrica? La acometida eléctrica es la instalación que permite conectar un punto de suministro a la red de distribución de luz.

Documentos para dar una alta de luz por primera vez

A lo largo del proceso para dar de alta la luz por primera vez, la comercializadora seleccionada para llevar a cabo esta gestión actúa de intermediaria para recolectar la documentación necesaria, que consecuentemente será remitida a la distribuidora para su evaluación.

  • Datos del titular del suministro: DNI, teléfono y correo electrónico.
  • Dirección postal del punto de suministro.
  • Cuenta bancaria del titular del suministro.
  • Boletín Eléctrico.
  • Potencia eléctrica a contratar.
  • Número CUPS (Código Universal del Punto de Suministro).
  • Certificado de instalación eléctrica de baja tensión (si fuera necesario).

Si estos documentos no se presentan en su totalidad, la distribuidora tiene la autoridad para paralizar el proceso de alta hasta que se cumplan todos los requisitos establecidos.

Documentos exclusivos para una vivienda nueva sin acometida eléctrica

Licencia de primera ocupación o licencia de apertura para la primera contratación, expedido por cada comunidad cutónoma.

Cédula de habitabilidad, extendida por el Organismo provincial del Ministerio de Obras Públicas o comunidad autónoma.

Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), obtenido por el técnico autorizado tras las obras de las instalación y la verificación de la misma.

Documento Nacional de Identidad (DNI) del que vaya a ser el titular del contrato de luz.

Escritura de propiedad o el contrato de arrendamiento.

Alta de luz por primera vez en viviendas sin acometida eléctrica

Aquellos inmuebles de obra nueva o construídos desde los cimientos por un particar pueden no tener un punto de conexión con la red de distribución eléctrico. Por ello, es necesario solicitar la obra de la acometida eléctrica, cuyo proceso se divide en estas fases:

 Identificar la distribuidora y expediente de acometida

El primer paso antes de acometer el proceso de alta de luz por primera vez es identificar la distribuidora de luz operante en la zona donde se va a ubicar el punto de suministro. A continuación, la empresa distribuidora abrirá un expediente de acometida, donde se registran los datos del solicitante y del punto del suministro:

  • Datos personales del solicitante.
  • Dirección de la vivienda o local.
  • Tensión eléctrica de la instalación.
  • Plano de la instalación eléctrica.
  • Potencia eléctrica a contratar.

La distribuidora tendrá 10 días para comunicar al solicitante si hay algún error en la información entregada. Si fuera así, el usuario dispondrá de 10 días más para subsanar los errores.

La obra de acometida eléctrica se puede realizar a través de la distribuidora de luz de la zona o de una empresa instaladora certificada.

 Diseño de la obra de acometida

Con toda la documentación dispuesta, la distribuidora hace un estudio de viabilidad sobre el proyecto de acometida. En un máximo de 15 días la distribuidora deberá hacer saber al solicitante los diferentes trabajos a realizar y el presupuesto total de la obra.

El solicitante y, por tanto, el interesado en dar de alta la luz por primera vez tendrá un plazo de 6 meses para aceptar las condiciones económica de la obra.

 Formalización de la obra y CUPS

Una vez formalizado el proyecto y el presupuesto, el equipo técnico revisará de nuevo el proyecto básico de la instalación y su ejecución para comprobar que la instalación es segura para la red de transporte.

La verificación de seguridad culmina con la emisión del código CUPS del punto de suministro. No obstante, si se precisaran licencias oficiales (ayuntamientos, ministerios...), el expediente se paralizará hasta la concesión de las mismas.

 Emisión del CIE

Terminada la obra de acometida, la distribuidora verificará que el proceso se haya ejecutado siguiendo las condiciones técnicas fijadas por el Reglamento Electrónico para Baja Tensión.

Tras comprobar que todo está correcto, el instalador entregará al cliente el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE). A partir de dicho momento, se podrá acometer el proceso del alta de luz.

En caso de que el punto de suministro no se pueda conectar a la red eléctrica, el propietario de la vivienda deberá optar por formas de generar electricidad alternativas como el autoconsumo con baterías.

¿Cómo dar de alta la luz por primera vez en una casa con acometida eléctrica?

Actualmente, la mayor parte de las viviendas ya cuentan con los trabajos de conexión a la red eléctrica y los trámites burocráticos relativos a dicha obra realizados. Estas acciones son asumidas por las promotoras inmobiliarias.

Esto hace que los propietarios del inmueble solo tengan que realizar la solicitud del alta de luz y mandar la documentación pertinente para que la distribuidora active el suministro.

Para dar de alta el primera vez se deben pagar los denominados derechos de acometida: acceso, enganche y extensión. No obstante, es preciso ponerse en contacto con la promotora, pues en ocasiones suelen dejar pagados los derechos de extensión.

En una vivienda con los derechos de extensión caducados, ¿hay que hacer un alta nueva?

Si una vivienda adquirida mediante una compra o alquiler y no tiene luz, habrá que hacer prácticamente un alta de luz nueva. La diferencia con una activación del suministro eléctrico por primera vez es que el usuario no tendrá que abonar los derechos de acometida al completo, siempre que los de extensión no superen los 3 años de antigüedad.

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Precio por dar de alta la luz por primera vez

El pago habitual en un alta de luz suele corresponderse con el abono de los derechos de acometida. Sin embargo, en un alta de luz por primera vez, entendiéndose como tal una vivienda sin acometida eléctrica, los gastos se incrementan por los siguientes motivos:

 Instación de la acometida de luz.

 Derechos de verificación y supervisión.

 Depósito de garantía.

¿Cuánto cuesta de dar de alta la luz por primera vez?
ConceptoPrecio
Derecho de extensión17.37 €/kW
Derecho de acceso19.70 €/kW
Derecho de enganche9.04 €
Derecho de supervisión101.52 €
Derecho de verificación8.01 €

Precios sin impuestos incluidos.

A esta lista hay que añadir los costes derivados de los usuarios que dan la luz por primera vez en una vivienda sin acometida, pues tendrán que abonar un coste aproximado de 1.480 € de media más el montante correspondiente al depósito de garantía que ronda los 14 €/kW. El precio de la conexión a la red eléctrica varía según factores como la ubicación de la vivienda y la distancia respecto a dicha red.

¿Cuánto se tarda en hacer un alta de luz por primera vez?

Desde la entrega, verificación de la documentación y aprobación de la instalación, el plazo para dar de alta la luz por primera vez oscila entre 1 y 8 días, según la comercializadora.

Dentro de ese plazo, la distribuidora enviará a un técnico autorizado a instalar el contador de luz y ajustarlo a la potencia contratada.

No obstante, este plazo puede verse alterado por una serie de circunstancias. Lo que lleva a preguntarse: ¿qué puede hacer que se retrase un alta de luz por primera vez?

La comercializadora tarde más de lo previsto en tramitar el alta de luz debido a la alta demanda de solicitudes.

La documentación necesaria no es correcta, en cuyo caso se paralizará el trámite del alta de luz hasta que se aporte la información restante.

Es posible que tras la instalación eléctrica existan defectos que impida la puesta en marcha del suministro con seguridad. Esto no solo prolonga el plazo, sino que obliga a volver a comenzar con un nuevo proceso para dar el alta de luz.

¿Con qué compañías activar la luz por primera vez?

Toda vez que la distribuidora aprueba la instalación y valida la activación del suministro eléctrica, solo falta contratar los servicios de una compañía de luz con una tarifa que se ajuste adecuadamente a las necesidades de la vivienda.

Nuestra recomendación es hacer un pormenorizado estudio sobre las posibilidades que ofrece cada compañía y valorar cuál es la mejor tarifa de luz para cubrir las demandas de consumo. A continuación, te ofrecemos las que nosotros consideramos buenas opciones:

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Precio mensual

45.23 €

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  • Mismo precio las 24h
  • Sin permanencia
  • 1 mes gratis de luz siempre

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    P1: 0.0997 €/kW día

    P2: 0.0328 €/kW día

    Energía: 0.1078 €/kWh


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repsol

Precio mensual

41.25 €

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Precio mensual

48.91 €

Tarifa Ahorro Plus

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   Desglose del precio

    P1: 0.0682 €/kW día

    P2: 0.0682 €/kW día

    Energía: 0.1197 €/kWh


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totalenergies

Precio mensual

46.06 €

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    P1: 0.1367 €/kW día

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